lunes, 3 de mayo de 2010

COMO COMPRAR O VENDER CARROS

Trámites para la compra-venta de coches

En esta sección te contamos los trámites que tienes que seguir para comprar o vender tu coche

Preguntas más frecuentes:

¿Qué trámites tengo que hacer cuando voy a vender?

¿Qué trámites tengo que hacer cuando voy a comprar?

Alta y baja de vehículos

Centros ITV
¿Qué trámites tengo que hacer cuando voy a vender?

Impuestos y gastos

Impuesto circulación

Documentación en regla

ITV pasada (si el coche tiene más de 4 años)

Contrato de compra-venta

Redacción del contrato en el que se especifica:

Identificación completa del vendedor (nombre, apellidos, DNI, dirección); identificación completa del comprador, identificación del vehículo (marca, modelo, matrícula, etc.); cargas y gravámenes, precio, plazo de entrega del vehículo y forma de pago.

Firmado por ambas partes

Cambio de titularidad (para lo que hay que acudir a tráfico)

Papeleo:

DNI o documento acreditativo para extranjeros (Tarjeta de residencia y pasaporte más NIE). Fotocopia y original.

Documentación completa del vehículo: ITV y Permiso de circulación.

Último recibo del Impuesto Municipal de Vehículos de tracción mecánica. En caso de estar eximido: justificante de exención.

Contrato de compra-venta.

Período de información de los cambios de titularidad:

Vendedor: dispone de 10 dias para comunicar la transmisión del vehículo.

Comprador: dispone de 30 días para solicitar la transferencia o renovación del permiso de circulación.

Casos excepcionales:

El vendedor ha fallecido: Debe presentarse declaración de herederos o testamento acompañado de certificado de últimas voluntades, o cuaderno particional en que conste la adjudicación del vehículo, y el impuesto de sucesiones.

Canarias, Ceuta y Melilla, se requiere el certificado de Aduanas que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Si está libre del pago del impuesto de circulación, será necesario el justificante de esta exención. Es el caso de:

Cambio de titularidad de vehículos de autoescuela, alquiler sin conductor, taxis o cambios de residencia que estuvieron eentos de pagoen el momento de la matriculación y se efectúe antes de los plazos legalmente previstos.

IMPORTANTE:

Es altamente recomendable, en la medida en que se pueda, que comprador y vendedor acudan juntos a realizar los trámites. Así si faltara algún documento o alguna firma a realizar se podría solventar al instante.

El coche y las llaves se entregan al comprador JUSTO en el mismo momento en el que se paga el comprador, ni antes ni después.

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Los datos ofrecidos y especialmente las tasas de cada trámite, están sujetos a cambios periódicos por parte de la Dirección General de Tráfico.
¿Qué trámites tengo que hacer cuando voy a comprar?

Antes de comprar

Verificación de que el vendedor está al corriente de los pagos de:

Impuesto de circulación

La ITV (en el caso de que el vehículo tenga más de 4 años)

Comprobar que en la tarjeta técnica figuran las modificaciones importantes que se le hayan practicado al vehículos.

Es útil también comprobar los kilómetros, la antigüedad y pedir el libro de mantenimiento y las facturas de revisiones y reparaciones.

Consultar en el Registro de Vehículo (en la DGT) que el vehículo no tiene multas, embargos o taras. En caso de que los tenga, no es posible cambiar de titularidad hasta que dichas deudas sean abonadas.

¿Cuánto cuesta la tasa?

En 2008: 44,20 €, excepto ciclomotores 8,00 € (Atención: las tasas pueden variar anualmente).

A la hora de comprar:

Contrato de compraventa en el que se especifica:

Identificación completa del vendedor (nombre, apellidos, DNI, dirección); identificación completa del comprador, identificación del vehículo (marca, modelo, matrícula, etc.); cargas y gravámenes, precio, plazo de entrega del vehículo y forma de pago.

Firmado por ambas partes

Realizar la transferencia o el cambio de titularidad. Lo normal es que el comprador se haga cargo de pagar las tasas del cambio de titularidad y el impuesto de transmisiones patrimoniales.

Período de información de los cambios de titularidad:

Vendedor: dispone de 10 dias para comunicar la transmisión del vehículo.

Comprador: dispone de 30 días para solicitar la transferencia o renovación del permiso de circulación.

Documentación

Solicitud transmisión de vehículos, disponible en los cuatro idiomas oficiales del Estado (facilitado en Tráfico presencialmente o vía Internet)

DNI o Tarjeta de residencia y pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros

Permiso de conducción español

Justificante del pago/exención/no sujeción de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales liquidado en la Comunidad Autónoma, salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad, en cuyo caso aportará factura. Se trata de aproximadamente un 4% sobre el precio de la venta. El pago de este impuesto se realiza en una dependencia recaudatoria dependiente de la Comunidad Autónoma en que vivamos. El día que se acude a Tráfico, hay que ir con el justificante del pago ya realizado en mano; si no es así no se hará efectivo el cambio de titularidad.

Si la documentación la presenta una persona distinta del comprador del vehículo, esa persona deberá aportar:

El original de su propio DNI

Autorización del adquiridor para realizar el trámite, donde exprese el carácter gratuito de la representación

¿Qué hay que hacer cuando el comprador o vendedor es menor de edad?

Deberán ir acreditados con los datos y la firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.

IMPORTANTE:

Es altamente recomendable, en la medida en que se pueda, que comprador y vendedor acudan juntos a realizar los trámites. Así si faltara algún documento o alguna firma a realizar se podría solventar al instante.

El coche y las llaves se entregan al comprador JUSTO en el mismo momento en el que se paga el comprador, ni antes ni después.

Los datos ofrecidos y especialmente las tasas de cada trámite, están sujetos a cambios periódicos por parte de la Dirección General de Tráfico.
Alta y baja de vehículos

Baja temporal

Solicitud en impreso oficial (Se puede recoger en Tráfico o descargarlo de su página web)

Tasa por importe de 7,60 € salvo sustracción del vehículo.

Documentación para particulares: documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).

Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.

Documentación del vehículo: permiso de circulación y tarjeta de ITV.

La existencia de un precinto es un impedimento para tramitar la baja, es preciso cancelarlo previamente.

Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

Denuncia de la sustracción del vehículo, en su caso.

Baja definitiva del vehículo

Vehículos turismos y asimilados, furgones y furgonetas hasta 3,5 TM, y vehículos de 3 ruedas con cilindrada superior a 50 CC

Solicitud en impreso oficial. (Se puede recoger en Tráfico o descargarlo de su página web). Tasa por importe de 7,60 € si el vehículo tiene menos de 15 años desde su matriculación en España.

Documentación para particulares: documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).

Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.

Documentación del vehículo: permiso de circulación y tarjeta de ITV o declaración de extravío o denuncia de sustracción de estos documentos.

La existencia de un precinto es un impedimento para tramitar la baja, es preciso cancelarlo previamente.

Certificado de destrucción del vehículo emitido por un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CATV), previa ENTREGA del vehículo en el Centro.

La solicitud y el resto de la documentación deberán presentarse en un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos o en una instalación de recepción, EXCEPTO en los supuestos de personas jurídicas, menores, incapacitados, titulares fallecidos o cuando no coincide el titular registral con la persona que solicita la baja, casos en que se presentará en la Jefatura Provincial de Tráfico.

Baja definitiva por traslados del vehículo a otro país

Solicitud en impreso oficial. (Se puede recoger en Tráfico o descargarlo de su página web)

Tasa por importe de 7,60 €, excepto los vehículos de más de 15 años de antigüedad desde su matriculación en España.

Documentación para particulares: documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).

Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.

Documentación del vehículo: Tarjeta de ITV y permiso de circulación.

La existencia de un precinto es un impedimento para tramitar la baja, es preciso cancelarlo previamente.

Antes de solicitar la baja del vehículo deberá cancelar cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la Financiera.

Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

En los casos de baja por traslado a un país que no pertenece a la Unión Europea, se aportará documento que acredite que se está preparando la exportación legal del vehículo.

Alta de un vehículo

Alta del vehículo en situación de baja temporal

Solicitud, tasa e identificación del interesado, como en Baja Temporal.

Tarjeta de ITV con el reconocimiento en vigor.

Acta de recuperación del vehículo, en el caso de que se tratara de una baja por sustracción.

En este caso no se abonará tasa por el alta.

Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo del alta en el Registro.

Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

Certificado de transportes de que, o bien se cuenta con el título habilitante para realizar

Actividad de transporte, o bien se cumplen todas las condiciones para obtener el citado título: si se trata de un autobús o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA.

Superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas

Los datos ofrecidos y especialmente las tasas de cada trámite, están sujetos a cambios periódicos por parte de la Dirección General de Tráfico.

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